miércoles, 22 de mayo de 2013

¿A quién le importan los Derechos Humanos en la empresa?


El 21 de mayo se aprobó en el congreso de los Diputados de España la Enmienda transaccional a la proposición no de ley sobre responsabilidad social corporativa y derechos humanos, presentada por el diputado socialista Ramón Jáuregui, ante lo que parece ser la indiferencia casi total de los diputados (ver la foto, debe ser que seguían el pleno desde sus oficinas o desde el bar porque al final asistieron a la votación, cuyo resultado fue: Si: 318 No: 1 Abstenciones: 4).  Parece que el tema es considerado lo suficientemente inocuo como para que pase sin ni siquiera la asistencia de sus señorías.

Es cierto que es una proposición no de ley, pero era de esperarse un poco más de interés de los servidores públicos del país en el tema de la responsabilidad social de las empresas en el respeto y protección de los Derechos Humanos.  Y tomado una página de las propuestas del activista político italiano Beppe Grillo, a lo mejor se podrían ahorrar costos en el funcionamiento del Congreso de los Diputados.




La compacta resolución se refiere al marco del respeto de los DDHH por parte de las empresas y propone el respaldo a la implementación de los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos: puesta en práctica del marco de las Naciones Unidas para "proteger, respetar y remediar"   que fueron respaldados el 16 de junio de 2011 por el Consejo de las Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos.  Entre otras recomendaciones, propone:

·         La incorporación de los principios rectores sobre Empresas y Derechos Humanos puestos en práctica en el marco de Naciones Unidas para “proteger, respetar y remediar”, al segundo Plan de Derechos Humanos que está elaborando el Gobierno. 
·         Trasladar y proponer al Consejo Estatal de la Responsabilidad Social Empresarial, la incorporación a sus trabajos del Informe sobre los Principios Rectores ………..con el fin de emitir un informe respecto a las medidas que pudieran ser adoptadas.
·         Analizar la manera de vincular el cumplimiento de las empresas en materia de Derechos Humanos a la recepción de apoyo oficial del Estado, fomentando la elaboración por parte de las mismas de Planes Específicos referidos al deber de respeto, compromiso, análisis de impacto y diligencia debida en materia de Derechos Humanos y promoviendo la transparencia y la información sobre su cumplimiento.
Este último aspecto es de mayor relevancia para las empresa y ya estaba establecido en el Principio 15 que dice que Para cumplir con su responsabilidad de respetar los derechos humanos, las empresas deben contar con políticas y procedimientos apropiados en función de su tamaño y circunstancias, a saber:

  • ·   Un compromiso político de asumir su responsabilidad de respetar los derechos humanos;
  • ·    Un proceso de diligencia debida en materia de derechos humanos para identificar, prevenir, mitigar y rendir cuentas de cómo abordan su impacto sobre los derechos humanos;
  • ·    Unos procesos que permitan reparar todas las consecuencias negativas sobre los derechos humanos que hayan provocado o contribuido a provocar.


EMPRESAS: FAVOR TOMAR NOTA PARA ADAPTAR SUS POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS

Esto es clave para que no se queden en letra muerta, aunque sólo son condición necesaria para la implementación de los principios.  Faltaría, como siempre, la implementación.

La adopción de las recomendaciones permitía que España adquiriera un liderazgo en el respeto, protección y remedio de los Derechos Humanos por parte de las empresas.

El lector interesado sobre el impacto sobre la RSE de las empresas puede ver la serie de cuatro artículos que publique en mi blog, el último de los cuales fue ¿Son los derechos humanos SOLO responsabilidad de la empresa?: Cuarta Parte


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