domingo, 25 de febrero de 2018

Una vez más: ¿Son efectivas las cuotas para mujeres en los Consejos?




The Economist, en su edición del 17 de febrero del 2018 publica un artículo sobre la participación de las mujeres en los Consejos Directivos a tenor de los 10 años de la implantación de las cuotas en este sentido en Noruega, país más avanzado en el tema  (The old-girls’ network: Ten years on from Norway's quota for women on corporate boards).  Para los interesados en el tema complace que el prestigioso semanario se preocupe del asunto, pero, como en sus otros artículos sobre responsabilidad social de la empresa, se regodea, con el típico cinismo británico (véase la primera parte del título: “La red de las señoras”, con sentido conspiratorio), de que lo que se opone a la libertad de acción por parte de las empresas no funcione como se espera. Pero siempre expresa una posición rigurosa, bien argumentada, lo que nos da una buena oportunidad de comentarla.

Este tema ha sido objeto de 12 artículos en mi blog (Mis artículos sobre el liderazgo de mujeres en las empresas, 6 de ellos con Helena Ancos), el más reciente de los cuales . Diversidad de género en la empresa: Implicaciones para la gestión, incluía una recapitulación de los anteriores y ofrecía sugerencias para afrontar la igualdad de género efectivamente.  En algunos de los artículos, el suscrito y Helena Ancos presentamos contrastantes puntos de vista sobre la efectividad de las cuotas para mujeres en los Consejos (Helena a favor, el suscrito escéptico, abogando por una visión más amplía de la problemática). 

Puntos mas destacados del artículo de The Economist


La Unión Europea, a nivel agregado ha venido intentando desde el 2012 establecer cuotas obligatorias pero que finalmente no fueron aprobadas en la reunión correspondiente de finales del 2016, dejando el tema a la decisión de los países miembros. A pesar de la falta de consenso, del gráfico es indiscutible que ha habido significativo progreso en la proporción de mujeres en los Consejos en algunos países europeos. En Noruega el efecto de las cuotas instauradas a partir del 2008 es notable.  En los demás países ilustrados ha habido medidas gubernamentales que han contribuido:

“En el 2008 Noruega obligó a las empresas cotizadas en bolsa a reservar por lo menos el 40% de los puestos en los Consejos a mujeres, bajo pena de disolución.  En los siguientes cinco años más de una docena de países establecieron cuotas similares a niveles de 30% y 40%. En Bélgica, Francia e Italia las empresas que incumplan pueden ser multadas, disueltas o la remuneración de los demás consejeros retenida. Alemania, España y Holanda han preferido cuotas sin penalizaciones.  El Reino Unido solo estableció lineamientos.”

Si los resultados estos esfuerzos son visibles, ¿cuál es el problema?  Las cuotas parecen funcionar. Sin embargo, las cuotas han traído algunas consecuencias:

  • ·   Algunas empresas en Noruega optaron por no cotizar en bolsa para o tener que cumplir con la cuota;
  • ·   En ese y otros países algunas empresas redujeron el número de hombres para no tener que añadir mujeres; y,
  • ·    Algunas contrataron mujeres extranjeras porque (decían que) no había nacionales capacitadas.


Algunas de las consecuencias negativas que aducían los detractores no se dieron:

  • ·    Que había escasez de mujeres y por ende las mismas mujeres iban en estar en diferentes Consejos.  Esto ha ocurrido, no ha sido muy diferente que en el caso de hombres.
  • ·    Que las mujeres no iban a ser suficientemente calificadas.  Ha habido muchos casos, pero en un estudio en Italia se encontró que después de las cuotas las mujeres que eran nombradas eran más calificadas. A lo mejor las mujeres pre-cuota tendían a ser de la familia o simbólicas, pero cuando se deben incorporar varias se lo toman más en serio.  


Y algunos de los beneficios tampoco se dieron:

  • ·   Las mujeres han tendido a tener menos experiencia y no han contribuido lo que se esperaba;
  • ·   Ha cambiado el proceso de toma de decisiones pero no la substancia de las decisiones tomadas;
  • ·   Y en una encuesta mostraron que el cambio de proceso se debió a que las mujeres tendían de ser de fuera de la empresa más que porque eran mujeres;
  • ·   El rendimiento financiero de las empresas con más mujeres en el Consejo no ha sido superior. Algunos estudios muestran correlación, pero no demuestran causalidad.  ¿Qué causa qué?  Las empresas mejor gestionadas producen mayores rendimientos, pero es precisamente por ser mejor gestionadas que incorporan mayor número de mujeres. 


Algunas de estas observaciones se basan en estudios estadísticos, otros en encuestas y otros en observaciones generalizables, por ello no son la última palabra y deben tomarse solamente como indicativos.

The Economist concluye que “dado que las cuotas no han sido el desastre que se esperaba ni la disrupción que los ejecutivos se temían se están aceptando”.

Aportes de mis artículos

Pero, y esto es más importarte en opinión del suscrito y es lo que ha sido objeto de análisis en los artículos mencionados arriba, es que las cuotas si han aumentado el número de mujeres en los Consejos, pero han hecho poco o nada por la igualdad de género. No han reducido la brecha salarial dentro de la empresa, sólo a nivel del Consejo, y que no han tenido impacto sobre el número de mujeres en cargos ejecutivos que siguen siendo una gran minoría.  Al más alto nivel en Noruega solo el 7% de las grandes empresas tienen una mujer líder, en Francia un 2% y en EE.UU un 5%.  En Alemania solo el 6% de los miembros de Comités Ejecutivos son mujeres. Y el número de mujeres en posiciones de alto nivel no ha cambiado mucho en los últimos años, donde, por ejemplo en Alemania, Francia y Holanda solo constituyen entre el 10% y 20%.

El problema es todo el ecosistema de apoyo, externo e interno, que es deficiente.

En cuanto al ecosistema externo, en el artículo Balance de género en los Consejos: Otra vez las cuotas, postulábamos las siguientes conclusiones:

Las cuotas hacen el supuesto implícito de que el problema es discriminación, cuando buena parte el problema reside en la escasez de mujeres preparadas, en su voluntad de hacer esas carreras y en obstáculos reales o percibidos a su desarrollo.  Las cuotas no resuelven estos problemas, solo son un paliativo temporal, son una aspirina.  Se necesita atacar la enfermedad y la enfermedad es el ecosistema, el entorno educativo y social.
 Debe adoptarse una visión y soluciones integrales a la problemática

No es suficiente con “identificar y desarrollar las destrezas y competencias, como si se operara en un vacío social.  El entorno debe respaldar la motivación de las mujeres para liderar y aumentar las posibilidades de que otros reconozcan y estimulen sus esfuerzos, aunque cuando ella no se comporte o actúe como la actual generación de ejecutivos senior”

Los gobiernos no pueden evacuar sus responsabilidades a través de la solución simplista de la imposición de cuotas, ni las empresas deben adoptar la reacción, también simplista, de cumplir con ellas.  Ambas partes deben trabajar en resolver los obstáculos en el sistema, reales y percibidos. Es una tarea de largo alcance que requiere perseverancia y no soluciones simplistas.

Y el aumentar el número de mujeres en el Consejo no es la solución.  Hay que aumentar su participación en alto cargos y así mejorar las posibilidades de que accedan a los máximos niveles ejecutivos……….

…………. Para lo cual el ecosistema interno a las empresas es crítico.  Después de un análisis semejante al del artículo de The Economist, en particular de un estudio muy exhaustivo comparativo de decenas de  características profesionales y personales de hombres y mujeres en empresas se concluía que estas diferencias no pueden explicar las diferencias de posiciones y sueldos.  Había algo más. Lo analizábamos en el artículo Diversidad de género en la empresa: Implicaciones para la gestión, donde postulábamos la siguiente conclusión:

“De la discusión de las investigaciones y los libros analizados en este artículo podemos concluir que existen sesgos en los nombramientos y remuneraciones de las mujeres en cargos ejecutivos y directivos que no pueden ser explicadas por las diferencias entre las características personales y profesionales entre ambos sexos y que muy posiblemente se deban a sesgos inconscientes en las partes involucradas, en particular los hombres, y que estos sesgos no pueden ser eliminados solamente a través de su reconocimiento y educación de las partes afectadas ya que aun conociéndolos, es muy difícil cambiarlos, están enraizados en su DNA.  Es necesario además cambiar los sistemas, al interior de las empresas, de gestión de forma integral, incluyendo los incentivos (en su acepción más amplia) y mejorar el ecosistema interno y externo de desarrollo y promoción de la mujer profesional para poder afectar a centenares de miles de mujeres y no solo a un pequeño grupo en el tope como es el caso de las cuotas.”

En resumen

Pero lo más importante, a nivel agregado, es que el causante común de las diferencias son los sesgos explícitos y sobre todo los implícitos, sutiles u obvios, en los hombres, en las mujeres, en los gobiernos, en las empresas y en la sociedad en contra de las mujeres.  Algunos de estos sesgos se reducen con políticas, procedimientos, educación y concientización.  Condición necesaria pero no suficiente. Los sesgos no se eliminan haciendo que los hombres y mujeres asistan a cursos o entrenamiento donde se resaltan estos sesgos, esto no los cambian, son tan arraigados que actúan desde el subconsciente y el inconsciente.  Así como se nombra a un Chief Sustainability Officer, un Chief Compliance Officer, un Chief Information Officer, un Chief Innovation Officer, etc., a lo mejor es necesario nombrar a un Chief Anti-bias Officer dentro de la empresa e institución, cuya única labor sea detectar y destacar los sesgos (género, étnicos, raciales, etc.) que se ven y que no se ven en la discriminación tácita.


domingo, 18 de febrero de 2018

Bonos verdes, sociales y sostenibles. 1a. Parte: ¿Qué son y para qué sirven?


Una tendencia reciente que está tomando mucho impulso son las emisiones de bonos verdes (nombre genérico) para financiar actividades y proyectos relacionados con la sostenibilidad y la responsabilidad de la empresa ante la sociedad.  En la primera parte de este artículo analizamos que son, en que se usan los recursos obtenidos, cuáles son las modalidades de emisión, la magnitud del mercado y la verificación y evaluación de las emisiones.  En la segunda parte analizaremos ejemplos, su relación con la RSE, y discutiremos las razones para su emisión y el potencial de agregar valor.  En la tercera parte analizaremos el potencial de estos bonos para el greenwashing y comentaremos algunos ejemplos de ello.

I.                ¿Qué son los BVSS?

Estos bonos se emiten para financiar una multitud de actividades y con diferentes nombres.  Para abreviar usaré el término BVSS [i] para referirme a los bonos verdes, bonos sociales y bonos sostenibles en su conjunto, aunque la mayoría de los artículos los llaman simplemente verdes (erróneamente), porque fueron los primeros, emitidos para financiar actividades relacionadas con el medio ambiente en general y con el uso de la energía y la reducción de emisiones en particular.  Recientemente se han expandido a financiar actividades empresariales y de gobiernos en temas sociales y actividades que promueven la sostenibilidad en su sentido más amplio.  También se usa el término “bonos de cambio climático” (Climate Bonds) para referirse a los que se dedican específicamente a medidas para combatir el cambio climático (eficiencia energética, energía renovable y otras fuentes alternativas, entre otras). En la discusión que sigue los incluyo en los BVSS (no incluimos los bonos de impacto social por ser una categoría muy especial de bonos sociales). [ii]

Como todos los bonos financieros, estos son emisiones de valores negociables, en forma de deuda del emisor, cuyos recursos están destinados a financiar exclusivamente actividades y proyectos relacionados con la sostenibilidad social y ambiental, a diferencia de la deuda bancaria o los bonos tradicionales que financian las actividades rutinarias de las empresas, sin restricciones, pero que también pueden incluir todas aquellas actividades.  En la emisión el emisor especifica los destinos que se le darán a los recursos, que pueden ser muy específicos o generales, y se compromete a hacerlo.  Las emisiones de bonos suelen estar verificadas por verificadores independientes estableciendo que cumplen con criterios generalmente aceptados para este tipo de bonos.  También es común que los emisores reporten periódicamente sobre el uso de los recursos, lo cual también puede ser objeto de verificación independiente.

Pero, ¿hay una definición oficial de bonos verdes, sociales y sostenibles (aquí conviene especificar los tres ya que tienen características diferentes)? ¿Hay consenso sobre lo que son?  ¿Hay criterios que deben cumplir?  Por ahora es algo novedoso en el mercado y muchas instituciones, públicas y privadas, se están posicionando para imponer sus propios criterios.

Los criterios más reconocidos son los de la International Capital Markets Association, ICMA, una alianza de más de 530 instituciones de emisores e inversores en 60 países que promueve el buen funcionamiento de los mercados de deuda. En enero del 2014 comenzó con la publicación de criterios, de aplicación voluntaria, para la calificación de los tres tipos más comunes de bonos, Principios de los bonos verdes (GBP), Principios de los bonos sociales (SBP), y las Guías de los bonos sostenibles (disponibles en español al final de las respectivas páginas).  Los bonos sostenibles usan los criterios de los verdes y los sociales por lo que para ellos solo se produce una guía que se refiere a esos Principios. Estos principios son de relativa aceptación general. El lector puede ver los detalles en estos nexos, por lo que solo reproducimos la definición para ilustrar la discusión que sigue:

  • Los Bonos Verdes son cualquier tipo de bono en el que los fondos se aplicarán exclusivamente para financiar o re-financiar, en parte o en su totalidad, Proyectos Verdes elegibles, ya sean nuevos y/o existentes y que estén alineados con los cuatro componentes principales de los bonos verdes (ver más abajo);
  • Los Bonos Sociales son cualquier tipo de bono en el que los fondos se aplicarán exclusivamente para financiar o re-financiar, en parte o en su totalidad, Proyectos Sociales elegibles, ya sean nuevos y/o existentes y que estén alineados con los cuatro componentes principales de los bonos sociales (ver más abajo);
  • Los Bonos Sostenibles son aquellos bonos donde los fondos se aplicarán exclusivamente a financiar o re-financiar una combinación de Proyectos Verdes y Proyectos Sociales. Los Bonos Sostenibles están alineados con los cuatro pilares principales de los GBP y SBP, siendo los primeros especialmente relevantes para los Proyectos Verdes y los segundos para los Proyectos Sociales.

En el caso de los Bonos Verdes y Sociales, los Principios establecen detalles en cuanto a los requisitos que deben cumplir en sus cuatro partes:  1. Uso de los Fondos; 2. Proceso de Evaluación y Selección de Proyectos; 3. Gestión de los Fondos; y, 4. Informes.  Es el cumplimiento de estos requisitos lo que les da legitimidad a los bonos.  No basta con llamarlos verdes, sociales o sostenibles, de allí que muchos emisores obtengan verificación independiente del cumplimiento de estos criterios, u otros criterios bajo los cuales sean emitidos. 

En noviembre del 2017 el ASEAN Capital Markets Forum, que agrupa a los reguladores de los mercados de capitales de la región (Sudeste asiático) aprobaron los ASEAN Green Bond Standards.  Es la primera vez que los estándares son emitidos por reguladores de esa actividad y por ende son de cumplimiento obligatorio en la región.  Afortunadamente estos estándares se basan en los de la ICMA descritos arriba, pero añaden algunos criterios como: Emisores elegibles (de la región); Proyectos no elegibles (generación de potencia con combustibles fósiles); Acceso continuo a la información sobre el uso de los recursos; Mayor frecuencia en el reporte; y, Revisión externa (voluntaria, pero por entes demostradamente calificados).

En el caso de bonos verdes dedicados al combatir el cambio climático, la Climate Bonds Initiative (una operación comercial a diferencia del ICMA) ha desarrollado un esquema de estándares y certificaciones para verificar las credenciales de esos bonos. El estándar expande los Principios de bonos verdes del ICMA, con detalles más específicos al cambio climático (selección de proyectos, reportes para emisión y sobre la ejecución, uso de recursos, separación de los recursos, taxonomía de proyectos y certificación de la emisión y de la implementación, entre otros). Este es un buen ejemplo de operaciones comerciales que tratan de monetizar el interés en estas emisiones y emiten sus propios criterios para luego vender las certificaciones (¡y hasta otorgan premios!).  Pueden contribuir a la confusión en el sector.

Pero hay y habrá proliferación de criterios de calificación.  Un ejemplo lo constituyen China y Starbucks.  China como el país de mayor volumen de emisiones del sector público (más de US$26.000 millones en 2017) y por las características especiales de sus mercados financieros ha optado por establecer sus propios criterios.  Sin embargo, para atraer capitales extranjeros está trabajando con el principal emisor individual, el Banco Europeo de Inversiones, para armonizarlos con los de mayor aceptación internacional. Por ejemplo, sus criterios permiten el financiamiento de proyectos con “carbón limpio” (un eufemismo).

Starbucks, una de las empresas pioneras en la emisión de bonos sociales ha desarrollado criterios para sus proyectos muy específicos de apoyos a la producción del café, que, en parte por ser sui generis, son verificados y auditados de forma independiente, asegurando que, dentro de su especificidad, conforman con los principios generales. 

En parte para atajar las posibles confusiones de la proliferación de criterios, la Unión Europea, apoyándose en su poder de regular las actividades en su territorio, está considerando una recomendación del grupo de expertos sobre finanzas sostenibles para el establecimiento de estándares oficiales para las emisiones de bonos verdes y la creación de un etiqueta o certificado europeo que los acredite como tales. Obviamente, que de adoptarse estas recomendaciones, se contribuirá a la credibilidad de las emisiones de bonos, pero reducirá la comparabilidad entre diferentes regiones del mundo, a menos que adopten el modelo de ASEAN de adoptar los de ICMA y añadirle algunas especificidades europeas.

Como en todos los esquemas competitivos (por ej. Informes, estándares y etiquetas de sostenibilidad), la legitimidad de los diferentes criterios dependerá de su aceptación por parte de los mercados. Por ahora el ICMA constituye el mínimo generalmente aceptado.

II.              Actividades y proyectos financiables

Los recursos de los bonos verdes (ambientales, incluyendo cambio climático) se usan para actividades y proyectos en energía renovable, eficiencia energética (incluidos los edificios eficientes), gestión sostenible de residuos, uso sostenible de la tierra (incluidas la silvicultura y la agricultura sostenibles), conservación de la biodiversidad, transporte limpio, gestión sostenible de las aguas (incluida el agua limpia o potable y las residuales) y adaptación al cambio climático entre otras actividades.

Lo recursos de los bonos sociales se usan para actividades y proyectos en infraestructura básica asequible (por ejemplo agua potable, alcantarillado, saneamiento, transporte), acceso a servicios esenciales (por ejemplo salud, educación y formación profesional, asistencia sanitaria, financiación y servicios financieros), vivienda asequible, generación de empleo a través de potenciar la financiación de la pequeña y mediana empresa, seguridad alimenticia, y fortalecimiento y avance socioeconómico, entre otros. Los recursos deberían destinarse a poblaciones menos favorecidas, pero en la práctica no todos hacen esta distinción.  Esto puede ser un criterio para distinguir entre los que emiten bonos con fines de responsabilidad social y los que los emiten para sus actividades normales, pero que las quieren imputar al mejoramiento de la sociedad.  Por ejemplo, Starbucks los usa para mejorar la calidad de vida de sus suplidores de café que viven en condiciones adversas a diferencia de la Comunidad de Madrid que los usa para favorecer a toda su población (ver los ejemplos más adelante), no solo los más desposeídos

Los bonos de sostenibilidad financian combinaciones de las actividades mencionadas arriba o actividades relativamente generales que no son tipificables, que producen beneficios sociales y ambientales al mismo tiempo, o bien que no se conoce de antemano a qué tipo de proyecto se destinarán.  Por ejemplo, una empresa puede emitir el bono para mejorar la calidad de vida de la comunidad usándolo en multitud de actividades sociales y ambientales y, no sabiendo exactamente cuáles serán los destinos, quiere tener la flexibilidad de asignar recursos a proyectos sociales o ambientales, según las necesidades que surjan. Será también el caso de una institución financiera que no sabe de antemano el tipo de proyectos que solicitarán su financiamiento.

III.            Diferentes modalidades financieras de los bonos

Como en el caso de los bonos tradicionales los BVSS se emiten en diferentes modalidades financieras (de cobertura de riesgo crediticio), que amplían la gama de actividades y proyectos que pueden ser financiados, más allá de los bonos corporativos o de deuda pública tradicionales, y amplían el mercado de los potenciales inversionistas.   

En el mercado ya se encentran cuatro modalidades:

  • Simple, donde el repago de los bonos está garantizado por la capacidad financiera del emisor. El riesgo para el inversionista es el de la capacidad/voluntad de pago del emisor (cuando son emitidos por instituciones financieras, pueden ser colocados directamente, primer piso, o a través de otros intermediarios financieros, segundo piso);
  • De ingreso, donde el repago de intereses y principal está garantizado por flujos de ingresos previamente especificados del ente emisor, asignados explícitamente al servicio de esa deuda.  Estas son emisiones comunes en gobiernos subnacionales, que pueden asignar ciertos impuestos a ese pago.   El riesgo para el inversionista es que algunos de esos ingresos no se materialicen.
  • Project finance, donde el servicio de la deuda está garantizado por los ingresos que genere el proyecto en cuestión.  El inversionista comparte los riesgos con el promotor/dueño del proyecto, por lo que puede querer pedir mejores condiciones financieras e imponer condiciones sobre el uso de los recursos y la gestión del proyecto.  No hay empresa o gobierno que garantice el repago. 
  • Titularizado, donde el servicio de la deuda se hace con los ingresos de una cartera de proyectos y no de un solo proyecto o actividad.  Esta modalidad suele ser usada por instituciones financieras para refinanciar su “cartera de proyectos verdes” o para financiar a otras instituciones para que estas a su vez lo hagan. Para el servicio de la deuda los inversionistas pueden o no tener acceso a la capacidad financiera del emisor, dependiendo del propósito y otras condiciones de la emisión.

Esta variedad de opciones para compartir los riesgos de la emisión puede ampliar el mercado de inversionistas interesados, no solo hacia los que quieren tener inversiones responsables sino además a aquellos que también buscan mayores rendimientos tomando mayores riesgos.  Por ahora los más comunes son los simples, pero algunos emisores que ya emiten las tres modalidades de mayor riesgo crediticio, las “verderizan”, segmentando sus proyectos o inversiones verdes para capturar inversionistas responsables.  En la segunda parte de este artículo mostraremos ejemplos de esas modalidades.

También se está comenzando a desarrollar un mercado de préstamos verdes, que también son prestamos como los tradicionales pero cuyos recursos deben destinarse a actividades similares a las elegibles para los bonos verdes.  También estos préstamos ya se han estado otorgando pero ahora se aprovecha la expansión del mercado de bonos verdes para etiquetar muchos de estos préstamos como verdes, aunque sin duda el desarrollo de ambos mercados llevará a innovaciones que podrán contribuir a su propia expansión y como resultado a la expansión de la sostenibilidad del planeta.  Pueden traer adiconalidad.

IV.            Un mercado en gran expansión (bonos verdes)

Los BVSS representan un mercado de reciente creación (unos diez años) que está en franca expansión, en gran parte debido al crecimiento de la conciencia social y ambiental de los gobiernos y empresas, impulsada recientemente por el Acuerdo de París en cambio climático y los Objetivos de Desarrollo Sostenible en temas sociales y ambientales.  No debe descartarse que este crecimiento esté también impulsado por lo que parece una moda que muchos quieren adoptar. Por las características de los BVSS no es imposible imputar o re-denominar emisiones tradicionales como si fueran BVSS.

Siendo los bonos sociales y de sostenibilidad un evento más reciente, las estadísticas de que se disponen suelen ser para los bonos verdes (ambientales, incluyendo cambio climático). Para estos el Climate Bond Initiative publica estadísticas que muestra un crecimiento acelerado, comenzando en el 2007 con US$800 millones (cuando sólo los emitía el Banco Europeo de Inversiones, BEI), hasta llegar a más de US155.000 millones durante el 2017, pronosticándose más de US$200.000 millones para el 2018.  El principal emisor del 2017 fue EE.UU. con más de US$45.000 millones y el mayor bono fue el de Fannie Mae, entidad financiera del gobierno para la vivienda, por US$25.000 millones para financiar la titularización de hipotecas. El segundo país emisor fue China que emitió US$37.100 millones en bonos verdes, de los cuales el 62% estaban en conformidad con definiciones internacionales, mayormente emitidos por bancos públicos.  En total durante el 2017 hubo 239 emisores en 37 países, de los cuales en 10 se emitieron bonos por primera vez.


(Nota: ABS, asset backed securities, titularización)

Pero el hecho de estar incluido en estas estadísticas no quiere decir que todas las emisiones sean legítimas, todavía hay confusión y aprovechamiento de la confusión en la calificación. Nótese que estas estadísticas usan el nombre de “bonos identificados como verdes” (labeled) ya que no existen garantías de que lo sean (como comentamos más adelante).  Algunos alegan que sus bonos son certificados como verdes, o sociales o sostenibles, pero lo que las agencias especializadas hacen es verificar que las condiciones de emisión y de gestión, ex-ante, están en conformidad con algunos principios de bonos verdes. No obstante, es de esperar que a medida que el mercado se desarrolle, los emisores y sobre todo los inversionistas exigirán cada día más demostración de legitimidad y hasta los compiladores de información se irán haciendo más rigurosos.

No hay estadísticas sobre las emisiones calificadas como bonos sociales y bonos de sostenibilidad y es posible que algunos sean calificados como verdes e incluidos en las estadísticas de arriba. La taxonomía no está bien desarrollada, por lo que todas las estadísticas deben tomarse solo como ilustrativas de tendencias y expansión geográfica.

V.               Verificación y calificación de las emisiones

Para el funcionamiento de este mercado, como todo mercado financiero, es necesario que existan instituciones e instrumentos que verifiquen el cumplimiento de las emisiones con las normas existentes y que las califiquen con el objeto de apoyar a los inversores en la determinación de la confiabilidad de las mismas (antes habíamos cubierto los criterios que deben cumplir para calificar como verdes, sociales y sostenibles).

Un apoyo clave para el funcionamiento del mercado son las instituciones que verifiquen si las condiciones de la emisión cumplen con los criterios de designación de los bonos que dicen seguir, en general los de la ICMA.  Una de las más activas es Sustainalytics, que emite su opinión independiente al momento de la emisión (llamada “segunda opinión”) y suele hacerlo también verificando los resultados de la utilización de los recursos.  Como ilustración de la metodología se puede ver la verificación de la emisión del bono de sostenibilidad de la Comunidad de Madrid.

Algunas emisiones son calificadas por calificadores independientes.  Dos de las instituciones más destacadas en la calificación del riesgo de instrumentos financieros, S&P y Moody´s han desarrollado metodologías para calificar estas emisiones en cuanto a idoneidad como BVSS.  La metodología de S&P se basa en la evaluación de tres factores: Transparencia (disponibilidad y confiabilidad de la información), gobernanza (estructura para la gestión del proyecto que aseguro la factibilidad de los resultados) y, el proyecto (donde se evalúan las actividades que propone el proyecto y su posible contribución al logro de sus objetivos medioambientales, sociales y de sostenibilidad, según corresponda).  La calificación se emite en uno de cuatro niveles (E1, E2, E3 y E4) y con una calificación numérica en base a 100.  Las calificaciones presentan un exhaustivo análisis de la emisión (por su papel didáctico se recomienda al lector interesado que lea una, por ejemplo la del aeropuerto de Ciudad de México que comentamos en la segunda parte).

Moody´s tiene un esquema semejante con una metodología que evalúa cinco factores, organización, destino de los recursos, información sobre este destino, gestión de los recursos e información continua sobre los resultados del proyecto. Emite una calificación basada en cinco niveles del GB1 (Green Bond, excelente) and GB5 (pobre) (Moody’s también evaluó el aeropuerto de Ciudad de México, lo que permite al lector comparar ambas metodologías).

VI.            Segunda y tercera partes de la serie de artículos

En la segunda parte analizaremos ejemplos de emisiones de estos bonos para poder apreciar la gran variedad de modalidades y el destino de sus recursos, analizaremos las razones para emitir este tipo de bonos en contraste con los bonos tradicionales y discutiremos el valor agregado de estos bonos, en particular su impacto en la RSE.  En la tercera parte estudiaremos el potencial para el greenwashing que tienen estos bonos y algunos ejemplos en la práctica.




[i] Este término no es usado en la literatura, se usa en este artículo solo para ahorrar palabras.

[ii] El lector interesado también puede consultar la publicación ¿Qué son los bonos verdes? del Banco Mundial, y el documento del Banco Europeo de Inversiones, The need for a common language in Green Finance, para el caso de bonos puramente ambientales.


domingo, 4 de febrero de 2018

¿Basta con compliance?


Se ha puesto de moda el tema de compliance como si se pudiera gestionar al margen de la responsabilidad ante la sociedad. Esto ha contribuido a la confusión sobre lo que es esa responsabilidad.  Para aclarar conceptos analizamos un par de casos sobre la relación entre ambos conceptos, uno sobre un programa de formación de ejecutivos donde parece haber una confusión de conceptos, y otro sobre un accidente fatal, atribuible a la “solo compliance”.

Es de notar que la traducción al castellano de compliance es conformidad, sí, conformar, estar en conformidad con algo.  Pero conformidad tiene la misma raíz que conformarse, o sea, no hacer nada extraordinario, hacer el mínimo requerido por las leyes y regulaciones pertinentes.  ¿Es esto la responsabilidad de las empresas ante la sociedad?  Tantos años repitiendo el cliché de que esta responsabilidad conlleva ir mas allá de la ley y ahora se propone “cumplir con la ley” como algo especial.

Según el diccionario de la Real Academia Española, conformar es:
·       Ajustar, concordar algo con otra cosa
·       Darse por satisfecho con algo

Programa de dirección para ejecutivos en compliance: ¿Confusión?

En noviembre del 2017 el IESE, institución líder en España y Europa en la formación de ejecutivos, reconocido en responsabilidad empresarial (ética, sostenibilidad, etc.), impartió un programa de dirección para ejecutivos con el título de “Compliance, responsabilidad social y buen gobierno”.

Es significativo que el programa, siendo en España, dictado por españoles, no use la palabra en castellano, existiendo una traducción precisa.  Podemos justificar el uso en ingles de términos como accountability, enforcement, monitoring, stakeholders (es más que “partes interesadas”), entre otros, porque no existe una sola palabra en castellano que exprese estos conceptos (es de notar qua algunos usan el término "cumplimiento normativo").  Si se usa el término en castellano no parecería algo novedoso.  ¿Asistiría Ud. a un programa de dirección con el título de “conformar”?

Pero vayamos al grano. ¿Que tiene, conceptualmente, de anómalo el título de este curso?  Por definición Compliance es cumplimiento de las leyes y regulaciones, que son la base, el mínimo, el comienzo de la responsabilidad de la empresa ante la sociedad.  Y buen gobierno corporativo es también parte integral de esa responsabilidad.  Recordemos que en el léxico de inversiones responsables, el término para referirse a RSE o Sostenibilidad es ASG, Medio Ambiente, Social, y Gobernanza, ESG en inglés, donde la G se refiere a buen gobierno corporativo.  De hecho el buen gobierno corporativo es compliance con las leyes y regulaciones pertinentes.  ¿Es concebible una empresa socialmente responsable que no tenga compliance y buen gobierno corporativo?

La descripción del progama dice:  “El programa está diseñado en torno a la intersección de los conceptos de compliance, cultura ética corporativa, responsabilidad social y buen gobierno”. Basado en la discusión precedente, ¿hay intersección entre estos cuatro conceptos?  No, lo que hay es superposición (excepto la ética).  La responsabilidad social engloba a los otros dos y gobierno corporativo es la parte de compliance que se refiere a un subconjunto de las leyes y regulaciones pertinentes que debe cumplir la empresa. Y la responsabilidad debe cubrir toda la ética, pero no todas las leyes son éticas ni toda la ética está legislada.
  




En resumen, el término responsabilidad social de la empresa del título abarca compliance, que es su base, y buen gobierno corporativo que es compliance con la parte pertinente se las leyes y regulaciones y por ende también parte de esa responsabilidad.

No ayuda cuando se considera a compliance como una disciplina en sí misma ya que crea la percepción de ser algo autocontenido, crea una visión parroquial. Siendo una disciplina mayormente ejercida por profesionales del derecho, tiende a perpetuar en ellos una visión estrecha de la responsabilidad de la empresa en la sociedad: conformar.  Afortunadamente el programa la consideró en un contexto más amplio aunque siendo que cada uno de los cuatro temas fue tratado por un profesor distinto a lo mejor los habrán enseñado como temas autocontenidos. Esperemos que no haya sido así.

Pero, ¿asistiría Ud. a un programa de formación de ejecutivos llamado “Responsabilidad Social de la Empresa” a secas?  Muy probablemente no.  Parece anticuado, tradicional.  Pero títulos como aquellos, más comerciales, contribuyen a la confusión que rodea a la responsabilidad de la empresa ante la sociedad.

Un ejemplo, fatal, de detenerse en compliance.

Un caso muy ilustrativo de las consecuencias de detenerse en compliance y no tener la visión integral de la responsabilidad empresarial ante la sociedad es el caso de incendio y destrucción de Grenfell Tower en un suburbio de Londres, menos conocido que el caso de Rana Plaza en Bangladesh, con 71 víctimas mortales, derivadas en ambos casos por problemas de construcción.

Como en el caso de Bangladesh, el problema fue causado por métodos y materiales de construcción deficientes, y, en ambos casos, muchos alegaron que el problema era la avaricia de las multinacionales que venden productos irresponsables y el capitalismo que antepone el dinero a las personas. Pero los análisis de las catástrofes mostraron que en el caso de Grenfell se estaba en compliance con las normas locales de construcción, pero en el caso de Rana Plaza con violación hasta de las normas locales.

El informe de evaluación del incendio en Grenfell Tower determinó que se originó en la cubierta trasera de plástico de un refrigerador antiguo Hotpoint (Westinghouse) y se expandió por toda la torre a través del revestimiento exterior de aluminio que tenía material plástico combustible, fabricado por Arconic (ex Alcoa).   El refrigerador ya no se fabrica con esa cubierta por razones de seguridad, pero cuando se fabricó estaba en compliance.  El revestimiento está prohibido en edificios altos en Alemania y EE.UU, pero no en el Reino Unido.  ¿Es todo culpa de las empresas fabricantes y de las constructoras?  El revestimiento estaba en compliance con las normas locales, estaba autorizado cuando se instaló. Después de este evento, la empresa ha decido retirarlo del mercado para edificios altos, en todo el mundo, ante la inconsistencia de las regulaciones en los diferentes países. Un diputado del partido laborista calificó el desastre como “homicidio corporativo”.

¿Es todo culpa de las empresas? ¿Dónde estaban los reguladores que permitieron la venta del revestimiento y su utilización en edificios de gran altura sabiendo que en otros países no estaban permitidos?  ¿Y los inspectores del gobierno que dieron la habitabilidad?  En este caso hubo connivencia entre constructores y reguladores para ahorrar dinero ya que se trataba de un edificio para personas de menores ingresos. En los últimos años los reguladores del Reino Unido habían relajado las regulaciones para estimular mayores inversiones y los ministros de vivienda han ignorado las peticiones de los expertos en fortalecer las regulaciones antiincendios. 

De este caso surgen una serie de preguntas básicas sobre el tema de compliance.  ¿Basta con compliance con las normas locales o deben las empresas ir mas allá y usar regulaciones a nivel de los países más desarrollados en el tema? ¿Se podrían evitar estos casos apelando a una visión mas integral de la responsabilidad de la empresa ante la sociedad? ¿Deben los reguladores actualizar las regulaciones de acuerdo a las experiencias y estándares internacionales o deben adaptarlas a los recursos locales?

En resumen


Si te conformas con conformar puede ser fatal